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Lista Robinson: cómo dejar de recibir publicidad no deseada

Uno de los principales métodos que debemos conocer para dejar de recibir publicidad no deseada, es el de la Lista Robinson; dicho servicio nos permite gratuitamente evitar la publicidad de entidades a las que no le hayamos dado nuestro consentimiento para remitirla, ya sea a través de correo electrónico, postal, teléfono y SMS/MMS, pudiendo elegir el canal de comunicación concreto mediante el cual ya no queremos obtenerla.

Es importante que conozcamos, que siempre que las empresas vayan a realizar una campaña publicitaria tienen la obligación de excluir a todos los inscritos en la Lista Robinsón, con las únicas excepciones de que hayamos dado nuestro consentimiento de forma expresa y previa, o de si ya éramos sus clientes con anterioridad.

La inscripción en la Lista Robinson será completamente efectiva al tercer mes a contar desde la fecha de entrada en el registro de datos. Puedes inscribirte aqui.

Consentimiento, y derechos de oposición y supresión:

Tal y como se desprende del Reglamento General de Protección de Datos (arts. 17 y 21), y de la Ley Orgánica de la Protección de Datos (arts. 15 y 18), podemos ejercitar los derechos de supresión y oposición contra la publicidad no deseada.

Algunas empresas cuentan con sus propios sistemas para desestimar el uso de datos que tengan fines publicitarios. Éstas, siempre deberán ofrecer la posibilidad de oponernos a recibirla, tanto en el momento de la recogida de datos, como en el que obtengamos cada comunicación, así como también, siempre que exista la opción, podremos utilizar el medio que aparezca en la comunicación electrónica.

Es aconsejable, estar atentos a la hora de dar nuestro consentimiento siempre que participemos en algún tipo de concurso, oferta o registro de cualquier web. Debemos tener en cuenta que todos los consentimientos deberán ser realizados mediante acto claro y afirmativo. Nuestro consentimiento podrá ser retirado en cualquier momento, y si no sabemos dónde hacerlo, podemos requerir al responsable que esté tratando nuestros datos con fines publicitarios, o consultar sobre protección de datos en la web.

El derecho de oposición debe realizarse contra el propio responsable de los datos, aunque éste podrá incluirlos para efectuar el tratamiento de exclusión de la publicidad, además de utilizarlos en ocasiones en los que podrán tratarlos sobre la base de un fundamento diferente; como es el interés legítimo. Para el caso en el que decidamos que la entidad que nos remite publicidad no tenga nuestros datos, podemos ejercer nuestro derecho de supresión, aunque si somos clientes, es recomendable que mejor ejercitemos nuestro derecho de oposición, ya que la supresión implica la eliminación de los datos para los tratamientos de la entidad.

Ante el acoso telefónico:

Por último, es importante que conozcamos que tenemos el derecho a no figurar en las guías telefónicas. Para ello, tendremos que dirigirnos a la operadora con la que tenemos contratado el servicio telefónico, y los datos deberán ser retirados en su siguiente edición. También podemos elegir seguir figurando en ellas pero sin recibir publicidad, solicitando que los datos no sean utilizados con estos fines.

Para el caso en el que no sean efectivas estas solicitudes, se debe presentar una reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos, siempre aportando la documentación que lo acredite, junto con la publicidad recibida. En concreto en estos casos, se puede acudir a los Órganos de Consumo de las Administraciones Públicas, y presentar la reclamación correspondiente en materia de consumo.

Asociación para la Autorregulación de la Comunicación Comercial (AUTOCONTROL):

Además, AUTOCONTROL ha diseñado un sistema de mediación gratuito y ágil, para el caso de reclamaciones de ciudadanos no resueltas sobre tratamiento de protección de datos a determinadas entidades telefónicas adheridas a esta Asociación, entre las que se encuentran Movistar, Orange/Jazztel, o Yoigo.

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