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IBERIA sancionada por utilizar cookies en su web

LA AGENCIA DE PROTECION DE DATOS SANCIONA A IBERIA POR SUS COOKIES.

Como ya os habíamos anunciado en anteriores entradas, la aerolínea ha sido sancionada con 30.000 euros por no tener debidamente configurado el aviso y la aceptación de las cookies de su página web.

En octubre de 2019, un usuario denunció ante la AEPD que en la página web de IBERIA no se proporcionaba la opción de rechazar las cookies que se instalaban en el equipo terminal, y para seguir navegando por la página, se le obligaba a aceptar la política de cookies, por lo que incumplía la normativa. Por estos hechos, en noviembre de 2019 la Agencia requirió a IBERIA información para que explicara el porqué de los hechos denunciados, a lo que IBERIA contestó dos meses más tarde exponiendo:

  1. Qué llevaban desde junio de 2019 trabajando en el diseño de la adaptación de la política de cookies atendiendo a las exigencias del Reglamento y de la Ley Orgánica de Protección de datos y Garantía de Derechos Digitales.
  2. Qué Cumplían con la normativa vigente.
  3. Qué estaban implementando un banner para poder configurar los tipos de cookies que se podían encontrar en la web, o bien aceptar todas.

Sin embargo, unas semanas después, concretamente el día 6 de febrero de 2020, la AEPD comprobó que dicha web seguía sin ofrecer la opción de rechazar todas las cookies, así como, que varios puntos de la política de cookies no se ajustaban a las recomendaciones hechas por la Agencia.

De conformidad con lo anterior, la AEPD inició la apertura de un expediente sancionador por el incumplimiento de lo estipulado en la Ley de Servicios de la Sociedad de la Información y comercio electrónico, proponiendo una sanción de 30.000€.

No fue hasta que a IBERIA se le notificó el inicio del expediente sancionador, que procedió a realizar las modificaciones en su página web respecto de la política de cookies, siendo destacable el hecho de que la Agencia de Protección de datos ha expuesto en la resolución sancionadora que el procedimiento sancionador se hubiera quedado en un apercibimiento si IBERIA hubiera realizado o intentado realizar los cambios cuando se le notificó el inicio del expediente.

Por ello, como se ha indicado al comienzo de este post, a IBERIA se le ha impuesto una sanción de 30.000€ por infracción del artículo 22.2 de la LSSI.

 

 

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